Sin Embargo
Ciudad de México.– El Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI) publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos bajo los cuales ejercerá la facultad de atraer recursos de revisión en trámite promovidos ante los sistemas de información de los estados de la República.
Los lineamientos, que entrarán en vigor el 5 de mayo de 2016, le permitirán al pleno del INAI discutir expedientes de información negada ante ciudadanos en cualquier entidad federativa sobre asuntos de interés nacional como violaciones a los Derechos Humanos, presunción de delitos de lesa humanidad o corrupción.
Para precisar su nueva facultad, el pleno del INAI acordó una lista de preceptos en noviembre de 2015 en el marco de la Ley General de Transparencia, que promulgó en mayo de ese mismo año, el Presidente Enrique Peña Nieto.
También en mayo próximo, de acuerdo con la nueva legislación, los sistemas de información (órganos garantes) de las 32 entidades federativas deben quedar armonizados en un formato homogéneo con el fin de hacer más efectivo el derecho a la información de los ciudadanos.
Para atraer un caso, el INAI considerará el grado de interés, la naturaleza jurídica reflejada en la gravedad del tema o si es fundamental para la protección o el ejercicio del derecho a la información. La mayoría de los comisionados deberá aprobar cuáles recursos de revisión ameritan ser atraídos.
Los lineamientos indican que en tanto entra en funcionamiento la Plataforma Nacional de Transparencia, los organismos garantes de las entidades federativas deberán utilizar como canal de comunicación con el INAI la dirección electrónica: [email protected]
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La legislación de Transparencia y Rendición de Cuentas en México se inició en 2001 en el Gobierno de Vicente Fox Quesada. Desde entonces, hay estados que se han distinguido por rehuir de las obligaciones marcadas por esta normativa.
La falta de Transparencia coincide con los altos niveles de impunidad; por ejemplo, Quintana Roo, Estado de México y Baja California aparecen con niveles reprobatorios en el “Análisis del Régimen de Transparencia y Acceso a la Información en los Estados y la Federación” del INAI y al tiempo, aparecen en los primeros sitios del Índice Global de Impunidad de México 2016, de la Universidad de las Américas de Puebla (UDLAP), presentado en febrero pasado.
En esas entidades son comunes los sistemas de acceso a la información limitados y disfuncionales, plazos de diez años o más para reservar información crucial y tardanzas en las respuestas.
Para los tres hay un denominador: las legislaciones de Transparencia están abocadas a reservar información con plazos ilimitados, lo que impide conocer los pormenores de algunos asuntos de interés nacional y que en el presente ayudarían a los ciudadanos a tomar decisiones.
Por ejemplo, un marco normativo que extiende hasta el infinito los plazos para reservar información, le permitió al Gobernador Eruviel Ávila Villegas del Estado de México clasificar hasta 2024 los datos relacionados con el Sistema Independiente de Verificación de Aforos (SIVA), la concesión que originó el escándalo de corrupción de la filial en México de la empresa Obrascón Huarte Lain (OHL).
En Quintana Roo, un ordenamiento similar que reserva de manera indefinida la información relacionada con las reservas territoriales, es el argumento del Gobernador Roberto Borge Angulo para no informar sobre las 57 hectáreas del manglar de Tajamar, donde se pretende construir el proyecto turístico Malecón Tajamar.
Y en Baja California, los jornaleros de San Quintín que reclaman seguridad social no han obtenido los datos de cómo se ejerce el presupuesto en el rubro de Salud y cuál es la razón para no estar incluidos en los padrones porque el Gobierno mantiene bajo reserva esa información.