La SCJN autoriza al gobierno a espiar nuestros celulares

Redacción

Aguascalientes.- Después de varias semanas de postergación, este miércoles finalmente la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió negar el amparo solicitado por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) ante la llamada Ley Telecom. La resolución dibuja un preocupante futuro para la privacidad en México, ya que con esto se abre una peligrosa puerta para la vigilancia masiva.

El amparo de R3D, solicitado desde 2014, hacía referencia a los artículos 189 y 190 Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), que obliga a las empresas de telecomunicaciones a almacenar por un lapso de dos años un registro masivo de los “metadatos” de sus clientes. En otras palabras, esto significa que las compañías deberán conservar información como origen, destino, fecha, hora y duración de las comunicaciones, además de la geolocalización de los dispositivos usados.

Y es aunque la Ley Telecom establece que es necesario una autorización judicial para poder acceder a los metadatos de los usuarios, por otro lado se contradice al señalar que no se necesita el mismo tipo de autorización para monitorear la localización de los dispositivos de comunicación en tiempo real.

Lo alarmante del asunto es que esos datos puede revelar información sensible de los usuarios, poniendo en riesgo su derecho a la privacidad. Además, pone en manos del gobierno una peligrosa herramienta para el espionaje y la vigilancia, en un contexto en el que por desgracia, la corrupción es un común denominador.

¿Qué sigue ahora? En su comunicado, los miembros de R3D aseguran que en los próximos meses acudirán a instancias internacionales, pues impugnarán la decisión de la justicia mexicana ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, con el objetivo de revertir la decisión de la Suprema Corte. Un peligroso precedente que afecta directamente a todos aquellos que utilizamos a diario un celular para comunicarnos.