Claudio Bañuelos
Aguascalientes, Ags.- El Tribunal Electoral del Estado, (TEE), determinó por unanimidad de sus tres magistrados que Armando Quezada Chávez no tendrá que separarse de su cargo para ser candidato a diputado federal, luego de que al ser maestro de educación básica.
Lo anterior a raíz de que Armando Quezada Chávez quien busca contender como candidato a diputado federal por Nueva Alianza impugnó un acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral el 9 de septiembre pasado en el que estableció que todos los servidores y funcionarios públicos están obligados a separarse del cargo a partir del 2 de abril si buscan contender como candidatos a algún puesto de elección popular.
Quezada Chávez acudió a la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación quien le ordenó resolver en consulta la impugnación y sin embargo el pasado 10 de enero el IEE se mantuvo en las mismas condiciones al considerar que Quezada Chávez como maestro es funcionario público.
No obstante, el docente neoaliancista recurrió al Tribunal Electoral Estatal que este viernes en sesión ordinaria resolvió a favor del quejoso un juicio para la protección de sus derechos políticos electorales que no entra en la calidad de servidor ni funcionario público al no ser director de escuela, y por lo tanto no tiene personal bajo su subordinación ni recursos que puedan ser utilizados en una campaña electoral.
Por tal motivo se señala que todos los maestros pueden aspirar a un cargo de elección popular sin separarse del cargo estando frente a grupo y en sus tiempo libre hacer campaña electoral, lo cual resultó histórico.
El 10 de enero pasado el IEE también resolvió que con base en una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del llamado caso Yucatán los diputados locales pueden hacer campaña sin separarse de sus cargos.
Entrevistado al respecto, Armando Quezada Chávez quien es maestro de la Escuela Normal Superior del Estado, señaló que “esta situación es histórica dado que los maestros no somos considerados servidores ni funcionarios públicos, porque antes de este fallo se nos obligaba a separarnos del cargo para hacer campaña, y al no trabajar en abril, mayo y junio no podías cobrar julio y agosto que son meses de vacaciones y afectaban seriamente las finanzas de los docentes y sus familias además de sus prestaciones laborales“, dijo.
El acuerdo que emitió el órgano judicial electoral del estado es el TEEA-JDC-002/2018.