Raúl Muñoz
Aguascalientes, Ags.- El próximo 30 de mayo es la fecha límite para que las empresas repartan las utilidades a sus trabajadores, luego de que es un derecho establecido en la ley, sin embargo hay algunos centros de trabajo que no lo harán.
De acuerdo con Javier Ambriz de Lara, abogado laboral de la firma VGA, indicó que las empresas que no están obligadas son aquellas que, de entrada, no hayan reportado utilidades en su declaración ante el SAT, debido a que tuvieron un mal año.
“Primeramente, puede ser porque haya sido un mal año, que realmente bajaron la producción y ventas”, señaló.
Dijo que otro de los motivos por los que no haya reparto de utilidades, es porque la empresa hizo inversiones, compras, remodelaciones, adquisición de maquinaria o actualizaciones de la infraestructura.
“Este tipo de compras, pues bueno, se agregan a los cálculos para que no haya utilidad, puede ser este uno de los motivos, que al haberse adquirido tantos bienes, en el cálculo final destaque que no hubo utilidad”, explicó el abogado.
Otro de los supuestos, agregó el especialista, es que la empresa sea de nueva creación, incluso si tuvo utilidad pero está en su primer año de operación, no está obligada a repartirlas.
Ambriz de Lara añadió que el otro tipo de empresas que no están obligadas a entregar la prestación, son las dedicadas a la asistencia social que no tienen fines de lucro, debido a que su objetivo no es generar ganancias.
También, de acuerdo con el abogado, la Secretaria del Trabajo ha establecido que las empresas que hayan tenido una utilidad de 300 mil pesos o menos, tampoco repartirán, debido a que se considera un ingreso muy bajo.
Al concluir precisó que, para conocer si la empresa entregará o no utilidades, los trabajadores deben contar, por ley, con una copia de la declaración que se les debe entregar obligatoriamente.