Gabriel Soriano
Aguascalientes, Ags.- El diputado Salvador Maximiliano Ramírez Hernández, al defender la declaratoria de inconstitucionalidad sobre el porcentaje de áreas verdes en el Código Urbano, aseguró que hubo una mala interpretación de la norma. Según Ramírez Hernández, el Código Urbano nunca buscó eliminar las áreas verdes, sino que establecía un 30% para ellas y un 12% para áreas de donación, destinadas a infraestructura como hospitales o escuelas.
“Son cerca de 900 artículos los del Código Urbano, y nada más nos piden que ajustemos 2. Yo creo que es una mala interpretación, el Código Urbano nunca buscó eliminar las áreas verdes, al contrario, las áreas verdes están establecidas en un 30%; era más bien el tema de las áreas de donación en donde se buscaba que ahí hubiera hospitales o escuelas, que era del 12%”, dijo Ramírez Hernández.
Sin embargo, su justificación es engañosa. Aunque el área de donación propuesta por el Código Urbano es del 12%, omitió mencionar que de ese porcentaje debe destinarse el 30% para las áreas verdes, según el artículo 332 de la misma norma. Esto implica que, de haberse seguido con esta norma, sí habría una reducción de áreas verdes, pues el Código de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda del Estado de Aguascalientes (Coteduvi) establecía que el 30% de las áreas verdes debía provenir del 15% de las áreas de donación.
“Nosotros lo que buscábamos, en el tema de área de donación, es que pudiera cambiarse por infraestructura. Por ejemplo, en vez de que le entreguen un terreno al municipio, en donde probablemente no haga nada por no tener recurso, que el desarrollador mejor entregue un parque o una avenida; ese era el fin de las áreas de donación, no era otro”, justificó Ramírez Hernández.
No obstante, otra omisión importante del legislador es que las áreas de donación podrían reducirse hasta en un 75% en fraccionamientos que cumplan con ciertos requisitos, e incluso podrían reducirse hasta en un 100% en desarrollos verticales.
A pesar de no aceptar completamente la postura de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Ramírez Hernández reconoció que, por mandato, tendrán que hacer la modificación correspondiente y asentarlo como se establecía en el Coteduvi.