Confirma Suprema Corte penas mayores por maltrato animal

Redacción 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional aplicar penas mayores en delitos cometidos contra animales cuando se emplean métodos crueles, al resolver un caso de envenenamiento de tres perros en Querétaro, dos de los cuales murieron y uno sobrevivió.

El caso se originó cuando un hombre dejó salchichas contaminadas con alcaloide en un área común de una privada, lo que resultó en el envenenamiento de tres perros rescatistas. La persona involucrada fue condenada con la agravante de “utilización de métodos crueles”, sentencia que fue confirmada en apelación.

El condenado, en desacuerdo, promovió un amparo directo argumentando que dicha agravante violaba el principio constitucional de no ser juzgado dos veces por el mismo delito (non bis idem), al imponer una doble sanción. Este amparo fue otorgado por el Tribunal Colegiado de Circuito, tras lo cual el imputado y la parte ofendida presentaron recursos de revisión.

Al analizar el caso, la Primera Sala de la SCJN revisó las diferencias entre maltrato y crueldad animal, señalando que el maltrato implica causar dolor o sufrimiento de forma involuntaria, mientras que la crueldad implica una intención de causar daño. La Corte subrayó que la agravante no solo penaliza un acto cruel, sino que sanciona el empleo de métodos que profundizan el sufrimiento animal y deterioran su bienestar, lo que además afecta la percepción social sobre el respeto y la compasión hacia los seres vivos.

La Primera Sala concluyó que esta agravante no constituye una doble sanción, ya que el uso de métodos crueles eleva significativamente el sufrimiento y degrada la dignidad del animal. Con base en estos argumentos, el tribunal revocó la sentencia que concedía el amparo y devolvió el caso al Tribunal Colegiado para una nueva resolución acorde a lo establecido.