Redacción
Aguascalientes, Ags.- En fecha 15 de julio de 2021, el Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento, dictó fallo condenatorio en contra de Jorge Jesús Peralta Carrillo, por su participación en los delitos de Violencia Familiar y Homicidio Doloso Calificado en Grado de Tentativa, obteniendo una sentencia por 21 años y tres meses de prisión, además del pago de una pena pecuniaria y la reparación del daño material y moral a favor de la víctima.
Atendiendo a lo anterior, se presentó un recurso de apelación, en el que se solicitaba una reclasificación de delito de Homicidio Doloso Calificado en Grado de Tentativa; fue en el presente mes que se notificó la resolución de la apelación por parte de los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, estableciéndose la modificación del fallo en el sentido de que se acreditó la existencia de los delitos de Violencia Familiar y Feminicidio en Grado de Tentativa.
De ese modo, se obtuvo que, el acusado, compurgará una pena acumulada consistente en 28 años y nueve meses de prisión, además de una sanción pecuniaria de 487 días de multa, la reparación del daño material por la suma de $57 mil pesos y el daño moral por $114 mil pesos que deberá reintegrar a la víctima.
Acorde con las recopilaciones ministeriales, desde el año 2019, hasta el día dos de febrero del año 2020, en las inmediaciones de un inmueble ubicado en el Barrio de la Estación del municipio capital, el sentenciado ejerció en diversas ocasiones violencia física y moral en agravio de la víctima, de quien es nieto, toda vez que cohabitaban la vivienda.
En algunas ocasiones, el sujeto aventaba agua en la entrada de la habitación de su abuela, de 87 años de edad, con la intención de que esta se cayera, además de agredirla físicamente a través de patadas.
El día 31 de enero del año 2020, aproximadamente a las 22:00 horas, al encontrarse el acusado al interior de la casa, entró a la habitación de la fémina, la tiró al suelo y le propinó una serie de puntapiés.
Acto seguido, tomó unas revistas que estaban a su alcance, además de un artefacto para encender fuego y le indicó a la pasiva que la quemaría, por lo que prendió una de las revistas y la arrojó al cuerpo de la señora con la intención de privarla de la vida, por lo que la agraviada, como le fue posible y pese a las circunstancias de su avanzada edad, realizó movimientos para no quemarse, mientras que el sujeto le reiteraba su deseo de quemarla, indicándole que regresaría más tarde a cerciorarse de que ella perdiera la vida.
Aunado a lo anterior, el día dos de febrero del año 2020, después de las 07:30 horas, Jesús tocó a la puerta de la víctima y comenzó a agredirla de nueva cuenta, esta vez, la jaló, la llevó hacia las escaleras, la golpeó, e intentó aventarla con el objetivo de que esta cayera; sin embargo, la octogenaria, logró aferrarse al barandal, siendo descubierto el activo en la acción, por parte de otros miembros de su familia, lo que causó que Jorge se diera a la fuga.
Derivado del trabajo emprendido por parte de la Representación Social, se logró la conducción a proceso del imputado, contra quien luego de librar las diversas etapas procesales, se sentenció por los delitos de de Violencia Familiar y Homicidio Doloso Calificado en Grado de Tentativa, obteniendo una sentencia por 21 años y tres meses de prisión, además del pago de una pena pecuniaria que ascendía a los $42 mil pesos y la reparación del daño material por $57 mil pesos, además del pago de $114 mil pesos por concepto de daño moral.
Sin embargo, se presentó una apelación, que se resolvió en el presente mes y año, en la que el Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento se pronuncia en los siguientes términos:
· Se modifica la sentencia condenatoria, toda vez que se acreditó la existencia de los delitos de Violencia Familiar y Feminicidio en Grado de Tentativa, en agravio de la víctima.
· Se condena al acusado a una pena privativa de libertad consistente en 28 años y 9 meses de prisión.
· Jorge Jesús, deberá pagar una sanción pecuniaria de 487 días de multa, además de la reparación del daño material por la suma de $57 mil pesos a favor de la víctima y el pago de la reparación del daño moral por el monto de $114 mil pesos.