Redacción
El máximo tribunal del país abrió la puerta para que la Unidad de Inteligencia Financiera congele cuentas bancarias sin orden judicial, siempre que considere que existen indicios de dinero ilícito, y con ello dejó sin efecto el criterio que acotaba esa medida a peticiones de gobiernos extranjeros.
La decisión, aprobada por mayoría de siete votos, rompe con la jurisprudencia fijada en 2018, que consideraba inconstitucional el bloqueo de recursos fuera de esquemas de cooperación internacional. A partir de ahora, la UIF podrá aplicar esta medida de forma directa como mecanismo preventivo.
Durante la discusión, la mayoría respaldó la validez del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite a la UIF ordenar la interrupción de operaciones financieras a personas incluidas en sus listas. Ese criterio se reflejó en el rechazo al amparo promovido por una empresa con sede en California, vinculada a un familiar de Ismael “El Mayo” Zambada, señalada por manejar recursos sin justificar por varios millones.
“Restringir el bloqueo a una petición expresa genera un obstáculo innecesario para la UIF, que contraviene la función de facilitar el ejercicio de atribuciones investigatorias”, señala la sentencia elaborada por la Ministra Lenia Batres.
En otra votación, seis ministros avalaron también el artículo 116 Bis 2, que formaliza en la ley el procedimiento mediante el cual los afectados pueden acudir ante la propia UIF para intentar acreditar la legalidad de sus recursos.
“La presunción de inocencia como regla de juicio penal no resulta directamente aplicable… se trata de una medida de inmovilización patrimonial temporal”, indica el proyecto presentado por la Ministra Loretta Ortiz.
Las posturas en contra alertaron sobre el alcance de la decisión. El Ministro Giovanni Figueroa sostuvo que el congelamiento funciona en los hechos como una sanción penal sin garantías, al impedir el uso de los recursos sin límite claro. Yasmín Esquivel cuestionó que la legislación no precise las condiciones bajo las cuales puede dictarse una medida que impacta directamente el derecho de propiedad.
