Redacción
Aguascalientes, Ags.- Por ingresar sin autorización ni consentimiento de quien está debidamente facultado para otorgarlo, a un plantel educativo, dos personas fueron vinculadas a proceso por el hecho delictivo de Allanamiento de Morada; se trata de Irma Rocío N N y José Adrián N N, imputados que fueron presentados ante el Juez de Control y Juicio Oral Penal del Quinto Partido Judicial, por el Agente del Ministerio Público adscrito a la Unidad de Investigaciones Foráneas.
De conformidad con el artículo 137 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, el Representante Social formuló imputación en contra de los señalados, quienes fueron detenidos en el lugar de los hechos. Por lo anterior, en una sala destinada para celebrar audiencia judicial, el ente impartidor de justicia decretó de legal su detención.
Los hechos que motivaron el auto de vinculación en su contra, tuvieron lugar el día 20 de diciembre del año 2022, aproximadamente a las 21:14 horas; los imputados ingresaron sin autorización ni consentimiento de quien está debidamente facultado para otorgarlo, al Instituto Guadalupe Victoria plantel educativo localizado en la calle Guadalupe Victoria de la zona centro del municipio de Jesús María.
Mientras los probables responsables se encontraban en el interior del plantel se percataron de la presencia de los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal; por lo que, Irma Rocío y José Adrián comenzaron a caminar en dirección a la barda perimetral que colinda con la calle Benito Juárez, con la intención de escapar; sin embargo, fueron detenidos por los policías y puestos a disposición del Agente del Ministerio Público.
En audiencia inicial con control de detención, el Juez de Oralidad verificó que los derechos constitucionales y legales de los imputados se hayan cumplido en el momento de la detención; posteriormente, el Agente del Ministerio Público del municipio de Jesús María justificó las razones de la captura misma que fue calificada y examinada en cumplimiento del plazo de retención y los requisitos de procedibilidad.
Resultado del análisis, el juzgador calificó la detención como legal abriendo paso a la formulación de imputación, comunicación que el Representante Social sostiene con los probables responsables a quienes hizo de su conocimiento los hechos antes narrados, los cuales motivaron el proceso penal en su contra. Luego, el fiscal en turno solicitó el auto de vinculación a proceso y medidas cautelares para garantizar la comparecencia de los imputados.
Acogiendo la solicitud del Agente del Ministerio Público adscrito a la Unidad de Investigaciones Foráneas, el Juez de Oralidad dictó el auto de vinculación a proceso en contra de Irma Rocío y José Adrián por su probable intervención en el hecho delictivo de Allanamiento de Morada; de la misma manera resolvió las medidas cautelares previstas por el artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales en sus fracciones I, V, VII y VIII.
Los imputados deben acudir de manera quincenal ante el Juez; no deben salir del Estado; tienen prohibido acercarse a más de 300 metros del plantel y de los testigos. Como plazo de cierre de investigación complementaria, el Magistrado decretó dos meses, temporalidad donde la Unidad de Investigaciones Foráneas recabará datos de prueba para perfeccionar la teoría del caso.