Redacción
Agusacalientes, Ags.- Los magistrados integrantes de la Sala Penal del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado, modificaron la sentencia de primera instancia, que fue impuesta a un sujeto identificado como Heriberto Gaytán García, quien participó del delito de violación equiparada, en agravio de su hijastra, una menor de edad de identidad reservada, que contaba con 6 años de edad en el momento de los hechos. El sentenciado interpuso un recurso de apelación, que modificó el fallo emitido, reduciendo la condena de 22 años, a 19 años de prisión.
Conforme a los hechos, el día 8 de marzo de 2013, alrededor de las 14:00 horas, Heriberto se encontraba en el domicilio donde habitaba al lado de su esposa y los dos hijos de esta, ubicado en el fraccionamiento Progreso Sur del Municipio de Pabellón de Arteaga;en determinado momento, condujo a la víctima a su habitación, para realizar actos aberrantes en su contra; acción en la que fue sorprendido por la madre de su esposa, por lo que al percatarse de que fue detectado, se dio a la fuga.
Producto de los lamentables acontecimientos, la madre de la menor se trasladó ante el Agente del Ministerio Público, quien emprendió las indagatorias, para la integración adecuada de la averiguación previa, con la que fue solicitada la orden de aprehensión en contra de Heriberto.
Derivado de la solicitud, el Juzgado Mixto de Primera Instancia, con sede en el municipio de Pabellón de Arteaga, libró la orden de aprehensión contra el sentenciado, por el delito de Violación Equiparada; mandamiento judicial fue cumplimentado por Agentes de la entonces Policía Ministerial del Estado, quienes lo remitieron ante la autoridad competente, para que hiciera frente a un proceso penal.
Producto del juicio, donde se evaluaron cada una de las pruebas en su contra, se acreditó su plena responsabilidad en la comisión del delito de violación equiparada, por lo que se le condenó en el mes de octubre del año 2016, a una pena privativa de libertad consistente en 22 años y 6 meses de prisión, así como el pago de una pena pecuniaria de 300 días de multa y el pago de la terapia psicológica a la víctima.
Derivado de este fallo, el inculpado en el mes de noviembre de 2016, interpuso una apelación en contra de la sentencia condenatoria, y en marzo de 2018, la Sala Penal del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Aguascalientes, determinó reponer el procedimiento, a fin de que se desahogara un interrogatorio a cargo de la víctima; sin embargo, tal resolución fue recurrida por el sentenciado hasta la revisión, sin que se lograra cambiar el sentido de la resolución del Tribunal de segunda Instancia, motivo por el que quedó firme la sentencia y se ordenó desahogar el interrogatorio a cargo de la víctima.
Durante la instrucción, el inculpado se desistió del interrogatorio a cargo de la víctima y en el mes de enero de 2020, se procedió a decretar nuevamente el cierre de instrucción, por lo que en el mes de marzo de 2020 se dictó por segunda ocasión sentencia condenatoria, en el sentido de que Heriberto, purgará una pena privativa de libertad de 22 años y 6 meses de prisión, el pago de una pena pecuniaria de 300 días de multa, así como el pago de la terapia psicológica para la víctima.
Finalmente, en el mes de junio de esta anualidad, el inculpado interpuso apelación en contra de la sentencia emitida, por lo que tras un análisis exhaustivo, la Sala Penal del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado, resolvió modificar la sentencia definitiva y condenatoria de primera instancia, dictada en el mes de marzo, en contra de Heriberto Gaytán García, por el delito de violación equiparada en agravio de una menor de identidad reservada, consistente en una pena privativa de la libertad de 19 años, 1 mes y 15 días de prisión, condenándosele al pago de 34 mil 348 pesos m/n, por concepto de multa, así como a la reparación del daño en contra de la agraviada.