Registro de celulares será obligatorio a partir de enero de 2026

Redacción

El registro de líneas telefónicas móviles será obligatorio en todo el país a partir del 9 de enero de 2026 y quienes no cumplan con el trámite podrán enfrentar la suspensión de su servicio, informó la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).

La medida deriva de los nuevos lineamientos emitidos por el organismo el pasado 8 de diciembre, los cuales establecen que cada número de teléfono deberá estar vinculado a una persona física o moral plenamente identificada. El objetivo, de acuerdo con la autoridad, es fortalecer la seguridad y reducir el uso de líneas móviles para la comisión de delitos como extorsiones y fraudes.

Según la CRT, los datos personales que se recaben estarán protegidos por los propios operadores de telefonía y se ajustarán a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. La dependencia precisó que el registro formaliza un proceso de identificación que será obligatorio para todas las líneas activas.

Para realizar el trámite, las personas físicas deberán presentar una identificación oficial vigente, como credencial para votar o pasaporte, así como la CURP. En el caso de personas morales, únicamente se requerirá el Registro Federal de Contribuyentes, además del nombre o razón social y el número telefónico a registrar. Los extranjeros deberán acreditar su identidad con pasaporte y CURP temporal.

El procedimiento podrá realizarse de manera presencial en los centros de atención a clientes de las compañías telefónicas o en línea, a través de la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles que habilite cada operador. En todos los casos se solicitará el nombre completo del titular, la CURP y la validación de identidad correspondiente.

La fecha límite para completar el registro será el 29 de junio de 2026. De no hacerlo, la línea será dada de baja de forma temporal y sólo permitirá llamadas a números de emergencia y de atención ciudadana, así como la recepción de alertas oficiales. El servicio podrá reactivarse una vez que se realice la vinculación del número con un titular.

La normativa también fija un límite de hasta 10 líneas telefónicas por persona física, sin importar si pertenecen a distintas compañías. En el caso de empresas, negocios o actividades empresariales, no aplicará este tope, siempre que se presente la constancia de situación fiscal correspondiente; de lo contrario, el usuario será tratado como persona física.