Redacción
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es “constitucionalmente inviable” suspender la elección de juzgadores, descartando que los amparos y suspensiones en curso puedan detener el proceso organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Senado.
En una sesión pública virtual, el pleno de la sala superior del TEPJF resolvió por mayoría de tres votos a favor y dos en contra que los jueces de amparo no tienen competencia para frenar los comicios del Poder Judicial de la Federación, al no ser procedentes las suspensiones en materia electoral, según lo establecido en la Constitución.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera, autor del proyecto aprobado, señaló que cualquier medida para alterar, suspender o modificar el proceso electoral es contraria al principio de supremacía constitucional. “La Carta Magna establece con claridad que los derechos políticos no admiten suspensión, ni siquiera en situaciones de emergencia”, afirmó.
Con esta resolución, el TEPJF otorgó garantía de continuidad a los preparativos del proceso electoral extraordinario 2024-2025, instruyendo al INE, al Senado y demás autoridades competentes a seguir adelante con sus respectivas etapas.
La sentencia también reafirma la facultad del TEPJF como máxima autoridad en materia electoral, argumentando que los derechos políticos deben protegerse sin interferencias de otras instancias judiciales.
Aunque el INE declaró el inicio del proceso electoral el pasado 23 de septiembre, su avance se ha visto obstaculizado por más de 500 solicitudes de amparo contra la reforma constitucional. No obstante, el TEPJF aclaró que tales medidas no tienen efecto para detener el procedimiento electoral.
La decisión fue respaldada por los magistrados Felipe Fuentes Barrera, Mónica Soto y Felipe de la Mata, mientras que Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra, argumentando posibles extralimitaciones en las facultades del tribunal.