Juez federal declara inconstitucional reforma judicial de AMLO

Redacción

A casi un año de su implementación, la reforma judicial impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador sufrió un duro revés legal. El juez Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en Jalisco, Agustín Archundia Ortiz, declaró inconstitucional el ordenamiento al concluir que el Congreso de la Unión incurrió en graves violaciones al proceso legislativo y excedió sus facultades constitucionales.

La resolución, emitida el 31 de julio y notificada el 17 de agosto de 2026, señala que el Poder Reformador vulneró el artículo 135 constitucional al arrogarse la atribución de derogar principios esenciales de la Carta Magna, como la independencia del Poder Judicial y el sistema de pesos y contrapesos.

Elección por voto popular compromete la imparcialidad

En su fallo, el juez Archundia advirtió que la designación de juzgadores mediante sufragio popular expone a los magistrados y ministros a presiones políticas y compromisos clientelares, destruyendo la naturaleza técnica del órgano de control constitucional.

“Someter la designación al voto popular deja expuestos a los juzgadores a las dinámicas de las campañas políticas, subordinando la impartición de justicia a las preferencias de las mayorías electorales y de los poderes en turno”, enfatizó el juzgador, agregando que la norma vulnera el principio de progresividad de los derechos humanos y extingue ilegalmente los fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).

Amparo de alcance individual

La sentencia beneficia exclusivamente a la quejosa Claudia Lissette Montaño Mendoza, secretaria de acuerdos adscrita al Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Estado de México, ordenando la inaplicación de la reforma en su esfera jurídica.

El fallo trasciende en un contexto de incertidumbre para dicho tribunal en Toluca, donde sus tres magistrados titulares fueron suspendidos por el Tribunal de Disciplina Judicial, obligando la reestructuración del órgano con secretarios en funciones y la designación de Moisés Duarte Briz como nuevo presidente.

Puntos clave del fallo:

Exceso de facultades: El Congreso violó el artículo 135 constitucional al alterar la división de poderes.

Riesgo político: La elección popular somete la justicia a redes de clientelismo electoral.

Fideicomisos: Inconstitucional disposición de recursos que pertenecen a los trabajadores del PJF.

Con información de Proceso.